La indemnización por negligencias médicas en partos

Indemnización por negligencias médicas en partos

La indemnización por negligencias médicas en partos es una compensación por haber ocasionado un daño, cuya causa era evitable, a una madre o a su hijo durante el parto por parte del personal de salud, por acción u omisión. De esta manera, genera en las personas dañadas un derecho a ser resarcidas.

La magnitud de la indemnización dependerá de la evaluación de la gravedad y de las secuelas provocadas. Comprende, no solo el valor de la pérdida que hayan sufrido, sino también el de la ganancia que haya dejado de obtener el acreedor.

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El deber del personal de salud

Los profesionales sanitarios encargados del parto deben seguir el Código Deontológico de los médicos y satisfacer las necesidades de salud tanto de la madre como del hijo por nacer.

Están obligados desde un comienzo a informar sobre la procreación, el embarazo, el parto y el puerperio y seguir las pautas que ya tienen establecidas, tomando las cautelas necesarias para identificar al recién nacido, comprobar la filiación materna con pruebas biométricas, médicas y analíticas que completen su historia clínica.

Daños que puede sufrir la madre

Por una parte, quien puede resultar dañada en esta situación es la madre, con estos posibles riesgos:

Daños que pueden afectar al feto

Por otra parte, el niño que nace puede padecer:

Documentación necesaria para reclamar la indemnización por negligencias médicas en partos

El paciente, ante la situación de dolor en la que se encuentra, puede no ser consciente de la negligencia médica que atraviesa. Un abogado especializado en la materia será quien estudie el caso al detalle y realice una primera evaluación de los hechos.

En caso de que considere que debe iniciarse una demanda, procederá a reclamar la indemnización correspondiente.

Se debe reunir la documentación más detallada posible que se pueda reunir referida al embarazo, al parto y al posparto:

  1. Resumen de lo acontecido, buscando el nexo de causalidad entre las negligencias médicas y los daños provocados indicando fechas, sucesos y tratamiento.
  2. Documentación reunida relacionada con todo el proceso: embarazo, parto y posparto.
  3. Estudios médicos realizados en la etapa de embarazo.
  4. Historial médico completo de la paciente y su hijo.
  5. Partograma y las gráficas de monitoreo fetal, que incluyen parámetros que se miden durante el parto como son: la frecuencia cardíaca del feto, las contracciones uterinas, etc.
  6. Medidas de PH, que sirve para evaluar el estado del bebé y considerar si ha padecido sufrimiento fetal, para realizar una extracción de manera urgente, o conocer su estado de salud.

De esta manera, con lo reunido se podrá fundamentar la declaración ante un juez con conocimiento y pruebas médicas.

Evaluación de los daños provocados

El informe pericial que se realice será un medio de prueba con validez legal. Entre las pruebas a realizar para determinar los daños y las posibles negligencias médicas sufridas podemos señalar:

  • Informe médico sobre el estado de la madre, el feto o el recién nacido.
  • Indagación y análisis acerca de la actuación y la atención recibida tanto por el ginecólogo como por el obstetra.
  • Búsqueda del nexo de causalidad entre los daños provocados y la actuación médica.

Los jueces valoran el trabajo del perito, ya que debe contar los hechos de manera objetiva e imparcial.

Plazos para realizar la reclamación por negligencia médica en el parto

La Justicia marca una serie de plazos para reclamar la negligencia médica en el parto que deben cumplirse y que varía en cuanto a qué tipo de Centro de Salud se refiere.

Reclamación ante un Centro Público de Salud

El plazo en este caso es de un año desde la evaluación de las lesiones. Es importante tener en cuenta si el paciente ha fallecido y la manera en que se cometió la negligencia.

Se acude a la Administración Sanitaria Pública, en la Consejería de Sanidad.

Reclamación ante un Centro Privado de Salud

En este caso la demanda se centrará en la Responsabilidad Civil. El plazo comenzará como en el caso anterior.

En el caso de que se haya firmado un contrato con el Centro Médico Privado, se contará con cinco años para realizar la reclamación.

Si no hay una responsabilidad contractual el plazo será de un año, como en los centros públicos.

Factores que son valorados por la Justicia

Hay un grupo de factores que son valorados para establecer una compensación:

  • El grado que alcancen las lesiones: se analizan las secuelas y el tiempo de inhabilitación que provocan.
  • Los daños psicológicos causados.
  • Los daños materiales: incluyen el lucro cesante y el daño emergente.
  • Un perito será quien demuestre estas situaciones en la sede judicial ante un juez.

La Justicia valorará estos factores, teniendo en cuenta el nexo de unión entre los daños sufridos por la madre o el neonato y la actuación del personal de salud durante el parto.

Valoración económica de la indemnización

En el sistema jurídico español no existe un baremo específico, no hay normas que establezcan los criterios para evaluar y determinar el valor monetario en los casos de la indemnización por negligencias médicas en partos.

En la mayoría de los casos, se tiene en cuenta el baremo de los accidentes de tráfico, según la Ley 35/2015.

La compensación económica para las víctimas tiene una triple finalidad:

  1. Recuperar los gastos ocasionados y la disminución o pérdida de los ingresos a causa del procedimiento judicial.
  2. Resarcir las lesiones médicas causadas en la familia de la madre y su hijo.
  3. Valorar el costo emocional y psicológico provocado.
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