La responsabilidad sanitaria es un concepto que hace referencia a la responsabilidad que tienen las diferentes Administraciones Públicas para indemnizar a todas aquellas personas que han sido víctimas de negligencias médicas o de malas prácticas por parte del Servicio de Saludo Público. El objetivo de esa respuesta, entre otros aspectos, es ayudar a hacer frente a todos los daños provocados por dicha situación.
El concepto anterior se aborda de forma completamente paralela al de la responsabilidad civil, por lo que se trata de dos procedimientos diferentes. En este sentido, se considera responsabilidad patrimonial cuando la lesión ha sido provocada en un hospital público o bien por el personal dependiente de la Administración Pública.
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Contacte con nosotrosRegulación de la responsabilidad patrimonial sanitaria
La responsabilidad patrimonial sanitaria está debidamente contemplada en la Constitución, específicamente en el artículo 106.2, en el cual se hace referencia a los derechos que tienen las personas o particulares de recibir una indemnización en función de las lesiones sufridas y de los derechos que se hayan visto solventados. De ahí que el importe de la indemnización sea diferente en función de cada situación y de cada caso.
La lesión o los daños deben ser consecuencia de una mala práctica que haya ocurrido en uno de los centros de salud pertenecientes a la Administración Pública. Por otro lado, también hay otra serie de normas que se deben considerar en el momento de exigir responsabilidad sanitaria, como es el caso de las normas de atribución de las competencias, indispensables para determinar cuál de todas las administraciones públicas es la verdadera responsable de haber cometido la lesión.
Responsabilidad patrimonial sanitaria
Es posible iniciar un procedimiento de responsabilidad patrimonial sanitaria cuando una persona ha sufrido lesiones como consecuencia de mala praxis o negligencia médica.
En esos casos, el grado de la lesión debe ser evaluada de forma económica y adicionalmente se deben determinar aspectos tan importantes como demostrar la causalidad entre dicha lesión y el servicio de salud público.
Una diferencia importante con respecto a lo ocurre en los diferentes casos de responsabilidad civil, es que la responsabilidad patrimonial de las Administraciones Públicas tiene una naturaleza mucho más objetiva. Entre otras cosas porque se deriva del servicio público en general, sea éste adecuado o no.
De lo anterior se deduce que las Administraciones Públicas no solo deben responder y pagar una indemnización cuando hayan provocado un daño o lesión por mala praxis, sino que también deben hacerlo cuando no hayan hecho lo que debían para evitar dicha lesión.
Es una forma activa y pasiva de responder ante una situación en la que, al final, el paciente ha sufrido las consecuencias por la falta de criterio médico y, en muchas ocasiones, por no activar los criterios correspondientes en cada uno de los casos.
Elementos de la responsabilidad patrimonial sanitaria
Existen varios elementos que son considerados como responsabilidad patrimonial sanitaria, tanto las lesiones causadas por un procedimiento como también las causas por la falta de acción o activación de un determinado procedimiento médico. Dichos elementos se especifican en el artículo 32 de la Ley 40/2015, y son los siguientes:
Acción u omisión
Una de las principales responsabilidades de la Administración Pública y que puede generar un gran daño en los pacientes es una mala acción, así como también la omisión. Cualquiera de las dos acciones es considerada como responsabilidad por el hecho de haber perjudicado la salud y el bienestar de la persona.
En este caso, se considerarán varios aspectos, los cuales son fundamentales para determinar la cuantía de la indemnización.
Para establecer esta cuantificación, se deben determinar los siguientes criterios: resultado del daño producido, alcance, grado de culpabilidad, responsabilidad profesional de los profesionales que estaban en ese momento ejerciendo la función al servicio de la Administración Pública y la relación exacta entre los mismos y el resultado de las lesiones.
Lesión o daño
La Administración Pública debe responder ante cualquier situación de lesión o daño en el paciente y que el mismo no tenga la responsabilidad de soportar si la situación se hubiese abordado de la forma adecuada desde el punto de vista médico y sanitario.
Para este punto, la Ley exige que el daño alegado debe ser evaluable a nivel económico, efectivo e individualizado en comparación o relación a un grupo de personas. El sufrimiento de la persona debe ser constatable, por lo que en ninguna circunstancia pueden admitirse casos hipotéticos, presumibles o dudosos.
Asimismo, en lo que se refiere a la responsabilidad patrimonial, la indemnización se rige bajo el precepto de hacer frente a todos los daños para una reparación integral. En otras palabras, para responder por la totalidad de todos los perjuicios causados que hayan sido debidamente demostrados y acreditados con el objetivo de que el perjudicado consiga por completo la indemnización.
Nexo de causalidad
Es indispensable demostrar el nexo de causalidad entre las lesiones sufridas por el paciente y el servicio de salud público. Se debe demostrar mediante pruebas la relación entre la conducta y el resultado lesivo. En este sentido, para que prospere el nexo de causalidad es fundamental que el daño sea antijurídico.
Es sumamente importante demostrar la relación causa y efecto del funcionamiento considerado como normal o anormal y la lesión que proceda la correspondiente responsabilidad patrimonial.
Conclusiones
La responsabilidad patrimonial sanitaria es aquella que hace referencia a la responsabilidad y respuesta que tienen las Administraciones Públicas frente a los pacientes que han sido víctimas de una situación de mala praxis o negligencia médica, con todas las consecuencias que ello implica.
Una vez demostrada la relación entre esos hechos, la Administración debe indemnizar en función del daño ocasionado.